Luego de que el 8 de mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas aprobadas por el Congreso (ambas parte del bloque de reformas conocido como el Plan B electoral), legisladores de Morena y PT acusaron que esa decisión sobrepasó las atribuciones del Poder Judicial, ya que invade las tareas constitucionales del Poder Legislativo.

«La Corte no resolvió que el fondo de las reformas aprobadas por el Congreso fuera inconstitucional, sino que las invalidó por aspectos, según ellos, de mera forma», acusó en un comunicado el diputado Benjamín Robles Montoya, vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PT.

En su fallo, la SCJN estableció que el Congreso aprobó sin el análisis pertinente una parte de las reformas vinculadas al llamado Plan B electoral. Sin embargo, los miembros del bloque legislativo que llevó a cabo ese proceso aseveran que ese criterio es desinformado y podría sentar un grave precedente de intromisión del Poder Judicial en la soberanía del Poder Legislativo. ¿Quién tiene la razón en este debate?

El proceso de revisión de la Corte

Días antes del debate del 8 de mayo, algunos medios de comunicación filtraron el proyecto discutido por la SCJN, el cual argumentó que en la aprobación de reformas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas en la Cámara de Diputados no se dio el tiempo de análisis suficiente previo a su votación.

Aunque el resultado final no estaba previsto, el plan del ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, quedó al descubierto: destacar que no existió un fundamento legal para que el Congreso aprobara vía rápida (fast track) una parte de las reformas vinculadas al Plan B electoral.

Con esa información, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) comenzó una estrategia legal que trató de retrasar la discusión de la SCJN. Por ejemplo, pidió analizar en primera instancia la constitucionalidad del decreto para promulgar la Ley General de Comunicación Social, emitida en mayo de 2018, antes que la Corte evaluara la validez de las reformas aprobadas en diciembre de 2022. Asimismo, la CJEF emitió un recurso para pedir a la Corte no resolver este año las acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra las reformas asociadas al Plan B electoral.

La SCJN rechazó ambas peticiones con base en la necesidad de resolver este tema antes del inicio del periodo electoral 2024. Finalmente, el 8 de mayo nueve magistrados de la Corte respaldaron el argumento central de Pérez Dayán y concluyeron que la premura para aprobar las reformas impidió a los legisladores realizar un debate adecuado de su contenido.

El Poder Judicial frente a la actuación del Congreso

Ante los cuestionamientos por la invalidación de la primera parte del Plan B, el ministro Arturo Zaldívar publicó un mensaje en sus redes sociales, en el cual defendió su postura para desautorizar las reformas: «Es absurdo juzgar nuestra función en blanco y negro: conforme a si votamos en un sentido o el otro, con una mayoría o con la otra, ‘a favor del gobierno’ o ‘en su contra’, como si se tratara de un partido de futbol», comentó.

En la Constitución mexicana, se establece que la responsabilidad fundamental de la Corte se centra en la defensa del orden establecido por la Carta Magna, además de solucionar otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad, como juicios de amparo o acciones de inconstitucionalidad.

Al invalidar las reformas a las leyes de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, la SCJN estableció que el Congreso incumplió con sus reglamentos y obligaciones constitucionales. Por ende, concluyó que se afectó el debate y el proceso legislativo necesario para aprobar la primera parte del llamado Plan B.

En este caso, la Corte se habría pronunciado a favor de que los legisladores siguieran su propio reglamento, o al menos, establecieran con mayor claridad las razones para aprobar las mencionadas leyes sin debate. Como tal, la falla en ese proceso llevó a invalidar el resultado que generó.

Es decir, que la SCJN no legisló ni invadió formalmente las atribuciones del Congreso. Sin embargo, es importante destacar que este fallo puede ser un precedente que podría llevar a cuestionar procesos similares de la actual legislatura, en particular vinculados con la serie de 20 reformas aprobadas por senadores del bloque Morena-PT-PVEM el pasado 28 de abril.