De acuerdo con una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la SUP-RAP-29/2018 y Acumulados, está permitida la organización de debates y mesas de análisis por parte de los medios de comunicación y candidaturas electas durante el periodo conocido como intercampaña.
Para ello, los medios de comunicación deben establecer formatos libres que protejan la equidad para la invitación, participación y organización de los debates y mesas de análisis.
La cobertura informativa respecto de las actividades de los distintos actores y organizaciones políticas, así como la organización de ejercicios comunicativos, tales como los debates mesas redondas, entrevistas, foros y similares, deben ser equitativas.
El TEPJF establece, asimismo, que la libertad para llevar a cabo estos ejercicios no es absoluta, pues se debe respetar, en todo tiempo, el cumplimiento del principio rector de equidad en el proceso electora