El Tribunal Electoral del Estado de México resolvió que la doctora Michelle Núñez Ponce, Presidenta Municipal de Valle de Bravo, fue víctima de violencia política en razón de género por el periodista Raúl Rodríguez Cortés, columnista del periódico El Universal.
La sentencia, dictada el pasado 12 de junio, representa un importante precedente en la lucha contra la violencia política de género en la entidad.
La doctora Michelle Núñez Ponce presentó una queja el 22 de abril en la que denunció el contenido de una columna periodística publicada el 10 de marzo en El Universal, titulada “Morena al rojo vivo en el Edomex”, escrita por Rodríguez Cortés.
La columna constituía un claro ejemplo de violencia política de género, ya que utilizaba estereotipos y comentarios despectivos que buscaban minar su reputación y trayectoria política por el simple hecho de ser mujer.
El Tribunal analizó el caso bajo el Procedimiento Especial Sancionador PES-VPGNDB/MNP/RRCOTR0/10/2024/03, y concluyó que la columna en cuestión contenía expresiones que no solo desvirtuaban la capacidad y méritos de la doctora Michelle Núñez, sino que también perpetuaban roles de género discriminatorios, afectando su honra y dignidad.
Se destacó que la libertad de expresión, aunque protegida, no debe ser un escudo para la violencia de género, y los medios de comunicación tienen la responsabilidad de evitar la difusión de mensajes estereotipados que dañen los derechos de las mujeres.
El Tribunal ordenó una serie de medidas cautelares y sanciones contra el columnista y el medio de comunicación.
Entre las acciones inmediatas se incluyó la modificación del contenido denunciado y su eliminación de las redes sociales. Además, se dictó una amonestación pública a Raúl Rodríguez Cortés, instándolo a abstenerse de realizar comentarios similares en el futuro y a asistir a un curso de sensibilización sobre violencia política de género.
Asimismo, el Tribunal Electoral ordenó a Rodríguez Cortés a ofrecer una disculpa pública a la doctora Michelle Núñez Ponce en El Universal, la cual deberá mantenerse publicada durante 18 días.
Además, se le impuso la obligación de anunciar en el mismo medio de comunicación que el contenido fue considerado como violencia política de género, mensaje que deberá permanecer visible durante 30 días naturales.
Además, se instruye a la Secretaría de las Mujeres del Estado de México que oriente y sensibilice a Raúl Rodríguez Cortés con la impartición de un curso de capacitación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, con la finalidad de inhibir estas conductas.
Para fortalecer la protección de los derechos de las mujeres en el ámbito político, el Tribunal solicitó al Instituto Nacional Electoral y al Instituto Electoral del Estado de México inscribir a Raúl Rodríguez Cortés en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por periodo de un año.