El miércoles 30 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), aprobó la despenaliación del aborto en el estado de Aguascalientes.
Esta resolución se logró gracias a la lucha incansable de diversos grupos de mujeres como “Cultivando Género”, “Morras Help Morras” y el “Grupo de Información en Reproducción Elegida” (GIRE), entre otras. Estos colectivos interpusieron un amparo a favor de los derechos humanos de las mujeres, convirtiendo a la entidad en la primera en resolver a través de esta vía.
Desde inicios de 2022, las activistas interpusieron el amparo, cuyo objetivo principal fue garantizar que todas las mujeres tuvieran pleno derecho a acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sin ser criminalizadas, es decir, que dejara de ser considerado como un delito.
La decisión de la Corte obliga al Congreso de Aguascalientes, derogar aquellos declarados inconstitucionales relacionados al aborto antes de que finalicen las sesiones en las que se declarará la sentencia.
De esta forma, según las modificaciones legislativas y la sentencia judicial, Aguascalientes, así como en los otros 11 estados en los que se ha despenalizado en aborto, los sistemas de salud locales tienen la obligación de ofrecer servicios de interrupción del embarazo de manera segura, gratuita y universal.
Es crucial recordar que en 2021, Aguascalientes aprobó una reforma que prohibía el aborto. De esta forma, se habían modificado los artículos 2 y 11 de la Constitución Estatal, que reconocía como un derecho de las personas, la vida entendida desde la concepción.
En suma, la reforma indicaba que ninguna persona que habitara en la entidad, pudiera ser objeto de actos u omisiones cuya intención o expectativa fuera causada por su muerte prematura.
La reforma excluía ciertos casos, como cuando se trataba de una violación o cuando la vida de las mujeres estuviera en riesgo.
Durante las discusiones de éste cambio en la ley, no se dejaron atrás “argumentos” que evidenciaron la desinformación y prejuicios de los legisladores. Tal es el caso de Sergio Augusto López Ramírez, entonces diputado del Partido Verde Ecologista de México, quien manifestó “a favor de la vida” y aseguró que el producto del embarazo (el feto) no es de la mujer, teatralizando su “argumento”.

El amparo interpuesto y aprobado refiere que castigar jurídicamente el aborto voluntario es inconstitucional. De esta forma y con cuatro votos a favor, la SCJN ordenó la despenalización del aborto en Aguascalientes, asociado al libre ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres. Asimismo, se invalidaron los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal por inconstitucionales, pues criminalizaban a las mujeres que ejercían un derecho.
En Aguascalientes, entre enero y julio de 2023, la Fiscalía estatal abrió ocho carpetas de investigación en contra de mujeres que interrumpieron su embarazo, y el año pasado fueron 12, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

Lucha de larga data
El trabajo en pro de los derechos de la mujer data de 35 años, aseguró el Grupo de Información en Reproducción Elegida.
La decisión de la Corte sienta un precedente obligatorio para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dictaminado.
Así, las mujeres podrán ejercer libremente su derecho a la interrupción del embarazo, sin que buscar los medios para conseguirlo, signifique cometer delito alguno.
El mismo criterio aplica a quienes brinden ayuda a estas mujeres, como acompañantes o personal médico.
Esta decisión ha convertido al estado de Aguascalientes como el primero donde se logró la despenalización del aborto a través de una vía jurídica interpuesta por organizaciones civiles, además se convierte en la entidad número 12 en despenalizar por completo la interrupción del embarazo.
El empeño por la despenalización del aborto cobró su primera forma a nivel de estados en 2007, bajo la coordinación de los Códigos Penales en algunas entidades.
El primer estado en el país en despenalizar la irrupción del embarazo fue la Ciudad de México. Con 46 votos a favor y 19 en contra, se reformó el artículo 144 del Código Penal.
Para octubre de 2019, Oaxaca aprobó la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, con reformas a los artículos 312, 313, 315 y 316 del Código Penal estatal.
En 2021, Hidalgo fue la tercera entidad en despenalizarlo con 16 votos a favor y una abstención; se hicieron reformas en los artículos del Código Penal y la Ley de Salud.
El mismo año, Veracruz también consiguió despenalizar el aborto con 25 votos a favor, tres en contra y una abstención.
En Coahuila, el estado emitió 10 votos a favor, declarando la inconstitucionalidad de la penalización de la interrupción de embarazo, lo cual evidentemente invalidó artículos del Código Penal, como el 196, que planteaba la imposición de la pena de prisión de uno a tres años a mujeres quienes acudieran al aborto de manera voluntaria, así como a quienes las asistieran en el proceso.
La quinta entidad en despenalizar el aborto fue Baja California en 2021, donde se aprobó la despenalización hasta las 12 semanas de gestación, aunque en el estado se reconoce que la vida se concede desde la concepción.
En el mismo año, Colima aprobó la despenalización de la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, convirtiéndose así en el sexto estado en prohibir castigar a las mujeres que tomen esta decisión con 14 votos a favor y cinco en contra.
Para marzo de 2022, el Congreso de Sinaloa, con 28 votos a favor, dos en contra y nueve abstenciones, aprobó la despenalización del aborto hasta las 13 semanas de gestación.
También en 2022 el Congreso de Guerrero aprobó su despenalización hasta las 12 semanas de gestación.
Baja California Sur hizo lo propio hasta las 12 semanas de gestación, con 16 votos a favor y tres en contra. Además, se redujo la sanción que se establecía que las mujeres que interrumpieran su embarazo después de las 12 semanas, quedando de seis a dos años de prisión y de dos a 60 días de trabajo comunitario.
A finales de 2022, Quintana Roo despenalizó el aborto hasta las 12 semanas de gestación.
Finalmente, tocó el turno a Aguascalientes.
La interrupción voluntaria del embarazo es un derecho humano al formar parte de los derechos reproductivos de las mujeres. Su despenalización a nivel nacional significará una garantía de salud pública a las mujeres y beneficiará especialmente a las mujeres que se encuentran en contextos de vulnerabilidad económica y social.
Este amparo forma parte de la estrategia nacional y la agenda que pretende universalizar el derecho a la interrupción legal del embarazo encabezado por organizaciones civiles.

¿Por qué el aborto es un problema de salud pública y justicia social?
Las trabas que ha puesto el Congreso en la despenalización de la interrupción del embarazo, quiebra fractura el concepto de igualdad, integral y jurídica, que deben gozar todas las mexicanas, pues aquellas que viven en alguna entidad que criminaliza la práctica, no ejercen su derecho a decidir sobre sus cuerpos de la misma forma que lo hacen las mujeres que viven, por ejemplo, en la CDMX.

Razones, no caprichos
Es prioridad poner sobre la mesa de discusión, que quien decide interrumpir su embarazo tiene poderosas razones para hacerlo.
Cuando el Estado y/o la iglesia penalizan y criminalizan a las mujeres, aquellas que viven en entornos vulnerables, sobre todo económicamente, y además viven en un estado que penaliza la interrupción y en suma no tienen los medios para viajar a algún estado en el que esté despenalizado, recurren a clínicas clandestinas en donde quedan expuestas a infecciones o incluso a perder la vida.